La Administración Federal de Ingresos Públicos a cargo de Ricardo Echegaray mediante la Resolución General 3719, la AFIP determinó la cantidad mínima de trabajadores para la fabricación de madera.
En las reuniones previas para la elaboración del IMT, la AFIP mantuvo reuniones con representantes de la Federación Argentina de la Industria de la Madera y Afines (FAIMA), de la Unión de Sindicatos de la Industria Maderera de la República Argentina (USIMRA), de la Obra Social del Personal de la Industria Maderera de la República Argentina (OSPIM), del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
En la norma se diferencia la cantidad dependiendo la maquinaria utilizada para el desarrollo de la actividad. En ese sentido, se establece como mínimo un trabajador en caso de tener un sector mecanizado para el corte y despiece de la madera. Otro para el sector de pegado de cantos; otro en caso de realizar perforado. Lo mismo si la fábrica cuenta efectúa tarugados y colocación de guías o bases de bisagra.
En lo que respecta al armado de muebles, será necesario uno solo trabajador si se trata de cajones y cajoneras. También uno para la colocación de puertas y accesorios; pero serán necesarios dos empleados si se trata de escritorios, bibliotecas y armarios.
En el sector de embalaje, la AFIP determinó uno en caso de realizar solo limpieza y dos en caso de expedición. También serán necesarios dos empleados administrativos y uno por cada punto de venta. Con lo cual, para las plantas fabricadoras serán necesarios un mínimo de 6 trabajadores.
Asimismo, en la Resolución General se aplica otra variable y es por el consumo de electricidad. En esos casos, se establece un trabajador por cada 240 Kilowatts mensuales consumidos. Esta opción será aplicable cuando no fuese posible determinar las máquinas utilizadas.
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