sábado, 10 de enero de 2015

CUIT: la justicia avaló a la AFIP para inactivar la clave única de contribuyentes fuera de regla

A partir de un fallo de la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, la medida cautelar otorgada en primera instancia que no permitía a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inactivar la Clave Única de Identidad Tributaria (CUIT) del un contribuyente fue revocada.

Se trata del caso de Carlos Eduardo Rosas, un contribuyente que registró facturas apócrifas y por lo que la institución a cargo de Ricardo Echegaray procedió a inactivar transitoriamente su CUIT. Ante tal suceso, Rosas presentó una acción de amparo ante el Juzgado Federal Nº 3 de la provincia de Córdoba, que, como medida cautelar, ordenó la exclusión del contribuyente de la base de facturas apócrifas y la habilitación del CUIT bajo el apercibimiento de aplicar astreintes de $100 por cada día de demora.

La AFIP elevó una apelación ante esta medida frente a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, la cual revocó la cautelar otorgada en primera instancia.

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