La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), liderada por Ricardo Echegaray, detectó que ciertas entidades financieras desarrollaban un doble esquema para evitar el pago de Impuesto a las Ganancias, ya que pretendían deducir de sus ganancias las multas aplicadas a los directores y, por otra parte, no les realizaban la retención de ganancias correspondiente por esta renta.
El organismo de Echegaray estipuló en la Circular 2/15 estos directivos o representantes de entidades bancarias deberán incorporar como renta gravada en Ganancias el dinero que cobren de sus empresas para pagar multas o sanciones adquiridas por su trabajo.
Por otra parte, los bancos no podrán deducir estos pagos q se emiten a sus directivos como gastos y que fueron realizados por su actuación como representantes de las empresas.
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