viernes, 27 de febrero de 2015

Argentina y Estados Unidos reforzaron el intercambio de información fiscal

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El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray y el Embajador de los Estados Unidos, Noah B. Mamet, acordaron la firma de un Memorando de Entendimiento que representa el reinicio del intercambio de información de comercio exterior entre ambos países.

El encuentro se llevó a cabo en el salón Tacchi de la sede central de la AFIP. Durante la ceremonia de firma del acuerdo, el Embajador Mamet destacó: “El presente acuerdo es fundamental para profundizar la colaboración entre Argentina y Estados Unidos a los fines de identificar y llevar a la justicia a los responsables del lavado de activos a través de operaciones comerciales, fraude aduanero, movimiento de bienes falsificados y demás ilícitos relacionados con la importación y exportación de bienes y servicios”.

“Es una nueva etapa. Este documento que suscribimos hoy es una herramienta fundamental para garantizar el comercio seguro y transparente entre ambas naciones”, evaluó Echegaray en el acto de la firma del memorando y agregó que “retomamos el intercambio de información en comercio exterior con un upgrade importante en nuestra base de datos siguiendo las prácticas del siglo XXI”.
Echegaray resaltó el hecho de que “es un buen gesto del gobierno norteamericano de decir caminamos juntos hacia la transparencia. Ambas naciones el convenio multilateral en materia fiscal. El gobierno argentino ya lo ha puesto en práctica y esperamos que el gobierno de los Estados Unidos haga lo propio así nos sumamos de manera conjunta”.
Previo a la firma del acuerdo, Ricardo Echegaray destacó que “en este camino conjunto, esperamos que el próximo paso en el camino de la transparencia lo demos en materia financiera para acompañar el proceso de la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA, por sus siglas en inglés) y lograr que haya un tratamiento recíproco en el intercambio de información financiera para llegar al estatus de transparencia total”.
El memorando establece que ambos países intercambiarán información sobre importación y exportación de mercaderías con el objetivo de identificar anomalías en el comercio bilateral, este hecho es de vital importancia ya que en el acto estuvieron presentes representantes de la Cámara de Comercio de los Estados Unidos de Norteamérica.
Gracias al memorando se podrán identificar las irregularidades financieras sospechadas del lavado del dinero basado en el comercio como así también la sub y sobrevaloración de las mercaderías involucradas.
La información comercial entre la Argentina y los Estados Unidos se intercambiará a través del software Análisis de Datos e Investigación para el Sistema de Transparencia Comercial (DARTTS), propiedad del Servicio de Inmigraciones y Control de Aduanas de EE.UU. para identificar transacciones anómalas que merecen ser investigadas por temas de seguridad nacional o de la carga y el contrabando.
El DARTTS fue diseñado para detectar y seguir el lavado de dinero, la evasión fiscal y el fraude comercial encontrando anomalías, irregularidades y discrepancias en el comercio internacional y las transacciones financieras. Ha sido exitoso en frustrar procesos de lavado de dinero del crimen organizado así como grupos terroristas y es un sistema anti-fraude altamente apreciado.
Ambos países cooperarán en una Unidad de Transparencia Comercial (TTU) con el propósito de trabajar juntos en la lucha contra los ilícitos aduaneros, garantizar el cumplimiento de las leyes aduaneras y la prevención del contrabando.

jueves, 26 de febrero de 2015

Argentina y Azerbaiyán refuerza lazos aduaneros y tributarios

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La Administración Federal de Ingresos Públicos recibió al Embajador de la República de Azerbaiyán, Mammad Ahmadzada para saludarlo con el 15 aniversario de la creación del Ministerio de Impuestos de su país, y para pedirle que le transmita al Ministro de Impuestos, Fazil Mammadov, sus felicitaciones por estar a cargo de la cartera desde su creación.

Echegaray remarcó en su encuentro con el Embajador que Argentina y Azerbaiyán tienen sentadas una base legal sólida para garantizar un comercio seguro y transparente, dado que no sólo hay un Acuerdo tributario firmado, sino que en febrero de 2011 ya se había suscripto el acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Azerbaiyán sobre cooperación y asistencia mutua en cuestiones aduaneras.
Los acuerdos mencionados fueron reforzados con visitas de delegaciones de Argentina a Azerbaiyán que comenzaron con el viaje de la entonces Directora General de Aduanas, Siomara Ayerán a Bakú, en junio de 2011. Otros funcionarios viajaron a Azerbaiyán en octubre de 2011, mayo de 2013 y enero de 2014 para intercambiar experiencias y conocimientos sobre los sistemas de ambos países con el objetivo de ayudar a la fluidez del intercambio de información efectivo entre ambos países.
Con ello, el intercambio de información posibilita llevar a cabo investigaciones y acciones concretas para combatir el contrabando, el lavado de dinero y la evasión fiscal. Los acuerdos también contribuyen a evitar las maniobras de triangulación fiscal que provocan un daño al Estado, por estar alineados a las políticas del G-20 destinadas a dar seguridad y transparencia al comercio global.
Ricardo Echegaray y su colega azerí, Fasil Mammadov, se conocen personalmente desde diciembre de 2012 cuando suscribieron el acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el gobierno de la República de Azerbaiyán para el intercambio de información tributaria en Bakú. En esa ocasión compartieron opiniones y visiones sobre cuestiones tributarias mundiales y de ambos países.

El Administrador expresó su deseo de que las relaciones entre ambas administraciones se sigan desarrollando y fortaleciendo. El Embajador por su parte, le agradeció a Echegaray el tener a su país en la agenda del organismo y el impulso dado por la AFIP a las relaciones bilaterales desde la apertura de la Embajada azerí en Buenos Aires en 2011.

La AFIP incautó marihuana escondidos en una camioneta

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La Administración Federal de Ingresos Públicos, incautó 145 paquetes de marihuana en un control de rutina realizado en el Paso Internacional Iguazú – Foz de Iguazú sobre un vehículo particular que viajaba con destino a la ciudad de Bariloche.
Se pudo detectar a las sustancias prohibidas gracias a los escáneres de última generación que cuenta el organismo a cargo de Echegaray que permitieron descubrir que la droga estaba oculta en casi todos los paneles del automóvil. Por orden judicial, los estupefacientes y el rodado fueron secuestrados, mientras que el conductor y acompañantes quedaron detenidos.
Sometido el vehículo a un control no intrusivo utilizando el escáner, se visualizaron imágenes compatibles con la presencia de la mercadería prohibida en el techo, torpedo y doble fondo del piso.
Se dio intervención al Juzgado Federal de Primera Instancia de Eldorado, que ordenó el secuestro de la totalidad de la droga, del vehículo y la detención de su conductor y acompañante.

AFIP: ARGENTINA Y EEUU FIRMAN UN MEMORANDO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DE COMERCIO EXTERIOR


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El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray y el Embajador de los Estados Unidos, Noah B. Mamet acordaron la firma de un Memorando de Entendimiento que representa el reinicio del intercambio de información de comercio exterior entre ambos países.

El encuentro se llevó a cabo en la sede central de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Hipólito Yrigoyen 370, 1° piso. Y el objetivo es fomentar nuevos acuerdos e intercambio de información entre los países a fin de reforzar los vínculos bilaterales y el tráfico de información impositiva.

miércoles, 25 de febrero de 2015

AFIP: Justicia falló a favor de la Administración Impositiva por causa de derechos de exportación y tránsito directo

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La empresa cuestionaba la ilegitimidad de la aplicación de las alícuotas en trato e inició una causa contra la  Administración Federal de Ingresos Públicos, a cargo de Ricardo Echegaray, en relación a operaciones de exportación en el marco del MERCOSUR. Sin embargo, el Tribunal Fiscal rechazó el planteo llevado a sus estrados por SANCOR CUL, entendiendo que “…las cláusulas de este Tratado (en referencia al MERCOSUR) son meramente programáticas y por ellas Argentina no se comprometió específicamente a no establecer derechos de exportación en el futuro”.
El Tribunal Fiscal de la Nación rechazó la apelación incoada por SANCOR C.U.L. contra disposiciones de la Aduana de Mendoza, por las que no se le hace lugar a las impugnaciones interpuestas contra liquidaciones de derechos de exportación, exigidos en función de lo establecido por la Resolución 11/02 del Ministerio de Economía de la Nación.
Reconociendo el sostenimiento legal para el dictado de la Resolución 11/02, recuerda el Tribunal, que la misma fue dictada en función de lo previsto por las leyes Nros. 22.415 y 25.561 (de emergencia pública), como así por la ley de Ministerios y los Decretos 1343, 1366 1454 de año 2001 y 355/02; destacándose su fundamento fáctico en el entonces contexto económico, caracterizado por un fuerte deterioro en los ingresos fiscales, que a su vez se encontraba acompañado por una creciente demanda de asistencia para los sectores más desprotegidos del país.
Cabe destacar que en su análisis jurídico, se concluye en que “no se ha invocado norma alguna de derecho internacional (tratado, convenio, etc) por el cual nuestro país se haya obligado de modo operativo a no imponer derechos de exportación. En ese sentido, para este tribunal especializado en la materia, “la falta de compromiso expreso en cuanto a los derechos de exportación, implica la posibilidad de establecerlos por Argentina”.-
En orden a los cuestionamientos por el ejercicio de facultades delegada para la emisión de la resolución que fuera objeto de este pleito, se entendió que “ el art. 755 del Código Aduanero confiere amplias facultades al Poder Ejecutivo Nacional para establecer derechos de exportación e incluso para modificarlos, a fin de atender a algunas de las finalidades señalada por la misma norma y; que dichas facultades son delegables al Ministerio de Economía, conforme lo establece el Decreto 2752/91.
Por último, el fallo consigna que la Corte Suprema de Justicia de la Nación no ha declarado la inconstitucionalidad de este tipo de delegaciones impropias con posterioridad a la reforma constitucional de 1994. y, que las leyes 24148 y 25645, expresamente aprobaron “la totalidad de la legislación delegada dictada al amparo de la legislación delegante preexistente a la reforma constitucional de 1994”; definiendo con ello, que “ las atribuciones o delegaciones del art. 755 del C.A. aún subsisten en la actualidad”.

Fallo por causa de tránsito directo
El Tribunal Fiscal de la Nación rechazó la apelación incoada por Nuevo Horizonte SA contra una disposición de la Aduana de Concordia, por la que no se le hace lugar a la impugnación que interpusiera contra el cargo 86/2008, formulado por irregularidades detectadas en una operación de tránsito directo, consistentes en el no arribo, en tiempo y forma, del medio de transporte y mercadería a la aduana de salida.
El principal argumento de defensa de la recurrente, consistió en alegar que fue víctima de un ilícito, donde el medio de transporte con su carga fueron supuestamente robados, hecho que pretendió acreditar con la presentación de la constancia policial.
El Tribunal Fiscal de la Nación rlibró oficios a la DGA y a la Fiscalía Federal de Paso de Los Libres, requiriendo información sobre el cargo formulado y el ilícito alegado.
Que como respuesta, el Ministerio Público Fiscal (AFIP) informó que “no fue posible hallar en expediente en trámite que guarde relación con los hechos o información suministrada”; con lo que el Tribunal Fiscal entendió “que no se pudo tener por probado en esta causa, el supuesto hecho de robo”.
Con dicha conclusión, y aplicando “contrario sensu” el precedente de Corte “TEVELAM”, que para imponer responsabilidad al agente de transporte requiere la existencia de un incumplimiento de parte de este a su deber de custodia y, el aviso inmediato del hecho a la autoridad aduanera en los términos del art. 388 del Código Aduanero, el Tribunal Fiscal entiende que en el caso corresponde ratificar el cargo aduanero, por cuanto, no se acreditó el hecho de robo (y con ello el cumplimiento o incumplimiento del deber de cuidado; habiéndose en cambio sí acreditado, que el aviso del supuesto hecho a la autoridad administrativa resultó tardío, ya que según las constancias del expediente, en lugar de haber siso “inmediato”, operó recién transcurridos 27 días del hecho .
Por ello, los Vocales Gonzalez Palazzo y Garbarino, rechazan la defensa de la actora entendiendo que “no habiendo probado el hecho de robo, y aún más allá, el evidente incumplimiento de la obligación impuesta, consistente en dar aviso al servicio aduanero en forma inmediata, afectando el control aduanero, corresponde confirmar la resolución apelada”.

El Tribunal Fiscal falló a favor de la AFIP en cinco causas aduaneras claves

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El Tribunal Fiscal rechazó una acción de repetición de la tasa de estadística solicitada por la parte contribuyente y confirmó lo cobrado por la Administración Federal de Ingresos Públicos a cargo de Ricardo Echegaray, pese a que la empresa sostenía una supuesta violación del principio de confiscatoriedad y del art. VIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), al aplicarse la tasa de estadística en forma desproporcionada al momento de las destinaciones aduaneras involucradas y el servicio prestado por la misma.
La Justicia avaló la posición de la AFIP en litigios relacionados con acciones de repeticiones de la tasa de estadística, la tenencia injustificada de mercadería, infracciones al régimen de equipaje, impugnaciones contra derechos de exportación e irregularidades detectadas en un tránsito.
Sin embargo, los magistrados aplicaron el precedente emanado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re “RENAULT ARGENTINA S.A. (TF 19292-A) c/D.G.A.”, de fecha 16 de febrero de 2010, en el que el Máximo Tribunal dispuso que en materia de repetición de tasa de estadística fijada por el decreto 389/95, para que procediera su tacha de inconstitucionalidad, resultaba imprescindible la acabada acreditación de que el coste del servicio efectivamente prestado resultaba inferior a lo pagado a título de tasa -en todas y cada una de las importaciones-.
Ello requiere –a juicio de la Corte- la producción de la prueba pertinente para cuantificar las actividades realizadas por la Aduana a favor del contribuyente y que es lo que le da el derecho a la AFIP para cobrar la tasa de estadística para así poderlas comparar con las sumas pagadas.
El Tribunal Fiscal de la Nación confirmó un fallo aduanero de la Aduana de Córdoba, que condenaba a la firma INC SA por la comisión de la infracción de tenencia injustificada de mercadería de origen extranjero con fines comerciales o industriales (art. 986 del Código Aduanero).
El Tribunal Fiscal ratificó la responsabilidad de la empresa, al haberse acreditado la ausencia de estampillado aduanero y, también por el hecho que la actora no haya producido prueba alguna, tendiente a demostrar su buena fe, en lo que hace al legítimo ingreso a plaza de la mercadería.

Fallo régimen de equipaje

El Tribunal Fiscal de la Nación confirmó un fallo aduanero dictado por el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, que condena a Luis Mario Emilio Lanfranchi por la comisión de una infracción al régimen de equipaje, al pretender ingresar por esa vía, 22 plaquetas de uso en aparatos de electro medicina y una consola para equipo de uso en electro medicina, que según manifestara el infractor, revestían el carácter de usadas y, le habían sido obsequiadas en el exterior.-

Al confirmar el fallo aduanero, el Tribunal Fiscal tuvo en cuenta un informe de la División Clasificación, que da cuenta del carácter “doblemente prohibido” de la mercadería en trato, al requerir la misma intervención de ANMAT y, por corresponderle una posición arancelaria incluida en el Anexo III de la Resolución MEOSP 748/95, relacionada a prohibiciones de ingreso de mercaderías usadas.

AFIP causa HSBC: Captura internacional para Miguel Abadi


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El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, le solicitó a la a la Jueza Dra. María Verónica Straccia, a cargo del Juzgado Penal Tributario Nº 3, la repatriación de los 3.800 millones de dólares fugados en 4.040 cuentas ocultas en Suiza, el organismo pidió al juzgado la captura internacional de Miguel Abadi, el contador titular del fondo de inversión GEMS, quien tenía a su nombre 1.400 millones de dólares sólo para el año 2006.
Además la AFIP solicitó que la Justicia argentina libre un exhorto a la fiscalía general de Ginebra (Suiza) para conocer el resultado de los allanamientos realizados el miércoles pasado en las oficinas de HSBC Holdings.
También requirió información a las administraciones tributarias de Islas Vírgenes, Uruguay y Bermudas, que son algunos de los países donde están localizados las sociedades off shore que administraba Abadi.
Cabe recordar que la denuncia, presentada por la AFIP en noviembre del año pasado, no sólo abarca al banco HSBC sino que también comprende a una plataforma facilitadora para la evasión conformada por apoderados, abogados, licenciados en economía y contadores que pusieron a disposición una red off shore de sociedades extranjeras para evadir impuestos.
En esa red de profesionales está Abadi, quien tiene a su nombre 12 cuentas, en algunas en carácter de auditor y en otras como representante legal. Por ello, la entidad a cargo de Echegaray requirió información a las administraciones tributarias de Islas Vírgenes, Uruguay y Bermudas, que son algunos de los países donde están localizados las sociedades off shore y los trust utilizados como "pantalla" por Abadi.

AFIP y el Fútbol: Los derechos económicos de las transferencias y pases en el fútbol queden en manos de los jugadores y clubes


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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los derechos económicos de los contratos del fútbol argentino que se celebren a partir del 1° de mayo de 2015, inclusive, quedarán únicamente en manos de los clubes de fútbol o del jugador involucrado. De esta manera se busca fortalecer la economía genuina de las instituciones deportivas y la transparencia en las operaciones.

Además se encuentra vigente la Resolución General N° 3.376 que reglamentó la Declaración Jurada Anticipada del Fútbol (DJAF) y la lista dinámica de paraísos fiscales deportivos.
La medida, establecida a través de la Resolución General 3470 publicada en el Boletín Oficial, va en el mismo sentido que lo estableció la FIFA, que modificó el reglamento sobre el “Estatuto y la Transferencia de Jugadores” y resolvió que ningún club o jugador podrá firmar un contrato con un tercero que participe de la transferencia y le otorgue derechos económicos sobre los futuros fichajes de un jugador.
Cabe recordar que en marzo del año pasado, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray se reunió con Joseph Blatter, presidente de la FIFA, en la sede central de Zúrich (Suiza), quien había accedido a instrumentar un proceso para que la AFIP pueda obtener información del registro de transferencia de jugadores (TMS), mecanismo que le permitirá al organismo acercarse a los verdaderos valores de las operaciones de compra-venta de futbolistas y restringir las maniobras de evasión de los hombres de negocios.
No es la primera medida de la AFIP para transparentar las operaciones económicas en el fútbol. A partir de enero de 2013 el organismo fiscal estableció un régimen de registración de los contratos. Esto le permite al organismo verificar online la transferencia de fondos y –fundamentalmente- bloquear el pago al exterior si la operatoria no es transparente.

AFIP clausuró 86 comercios en misiones y corrientes

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La Administración Federal de Ingresos Públicos, en el marco del operativo verano 2015, clausuró 86 comercios en las provincias de Misiones y Corrientes.

Entre las irregularidades que se detectaron aparece la no emisión de facturas, la emisión manual de facturas o tickets de venta sin trolador fiscal. De acuerdo al artículo 40 de la Ley de Procedimiento Tributario, las infracciones ameritan la clausura preventiva.
De esta manera, la cartera que dirige Ricardo Echegaray, sancionó frigoríficos, hoteles, farmacias, mini mercados, regalerías y locales de indumentaria.
La AFIP pone inspectores en las calles de los principales puntos turísticos del país para controlar la facturación de los comercios y el uso del POSNET, dado que es obligatoria su puesta a disposición para que todos los consumidores puedan pagar con tarjetas de Débito.
"DÉBITO ES EFECTIVO, CON DÉBITO ES MÁS BARATO, FÁCIL Y SEGURO"; bajo este eslogan la administración que conduce Echegaray lleva adelante controles y sanciona severamente a quienes incumplen con la obligación de del uso de POSNET, como estrategia para eludir la responsabilidad tributaria que les cabe.
La efectivización de la clausura es la etapa final de un procedimiento que se inicia con la notificación formal y expresa de las conductas reprochadas y de la citación a una audiencia a la que debe concurrir el contribuyente para ofrecer su defensa, luego de esa audiencia se dicta la resolución que corresponda y una vez firme dicha resolución se lleva a cabo la clausura.
La sanción de clausura es un moderno concepto que tiende a repercutir en la economía y no en la persona del contribuyente, dado que protege a quienes cumplen con sus responsabilidades impositivas de quienes operan en circuitos económicos marginales compitiendo en el mercado en forma desleal.
Asimismo se detectó en los comercios controlados la carencia o la no disposición al público de medio electrónico de pago POSNET para el cobro de las distintas ventas mediante tarjeta de débito. Durante los procedimientos, se hizo hincapié que los comercios están obligados a aceptar tarjeta de débito en el mismo precio que el efectivo.

Por otra parte, la AFIP viene realizando tareas de investigación y fiscalización dentro de lo que se denomina Operativo Verano y controla a los contribuyentes a través del nuevo sistema MEVen - Monitoreo Electrónico de Ventas-, lo que permite relacionar la actividad que realizan los contribuyentes seleccionados y su comparación con otros operadores que tienen una mejor conducta fiscal, esto claro está, permite evitar un grave perjuicio fiscal y la consiguiente competencia desleal, respecto de quienes cumplen con las normas tributarias.

jueves, 12 de febrero de 2015

AFIP oficializó el cobro a empresas que posean deuda tributaria por trabajo en negro que surja de juicios

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La Administración Federal a cargo de Ricardo Echegaray dio a conocer el procedimiento a los fines de cobrar deudas en cargas sociales por trabajo en negro que surja de juicios laborales. Las nuevas pautas se dan a conocer a través de la resolución general 3.739/2015 publicada en el Boletín Oficial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció los pasos a seguir para la liquidación o determinación de oficio e intimación de los aportes o contribuciones omitidos, emergentes de relaciones laborales no registradas, cuya existencia haya sido determinada por sentencia laboral firme o por acuerdo conciliatorio homologado
Puntualmente establece, los pasos a seguir para la liquidación o determinación de oficio e intimación de los aportes o contribuciones omitidos con destino al Sistema Único de la Seguridad Social, emergentes de relaciones laborales no registradas, cuya existencia haya sido determinada por sentencia laboral firme o por acuerdo conciliatorio homologado.
También se aplica a la utilización indebida de beneficios de reducción de alícuotas de aportes o contribuciones de cargas sociales.
Las nuevas pautas se aplican desde las notificaciones que se registren a partir del 1 de abril próximo.

Más información en: http://www.boletinoficial.gov.ar/  

La justicia libró exhorto a Suiza por las cuentas del HSBC a pedido de la AFIP



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Por petición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el juzgado Penal Tributario Nº 3, a cargo de la Dra. María Verónica STRACCIA libró un exhorto a la Justicia de Suiza para obtener información de las cuentas ocultas en la sucursal del HSBC de Ginebra.

A través del exhorto, la cartera a cargo de Ricardo Echegaray busca información relacionada con las personas físicas y jurídicas incluidas en la denuncia. Entre otros datos, se requiere información de los clientes, datos de las cuentas, productos contratados, contratos y documentación de respaldo, registros de operaciones –origen y destino de movimientos- identificación de personal del banco intervinientes, apoderados, representantes y organigrama completo del banco.
Cabe recordar que la información obtenida por la AFIP sobre las 4.040 cuentas ocultas en Suiza fue gracias al convenio entre la República Argentina y la República de Francia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio.

El requerimiento de la AFIP ocurrió el 26 de noviembre pasado, cuando el organismo presentó la denuncia que abarca a 4.040 cuentas ocultas y la maniobra ilegal desplegada por el HSBC y sus directivos, con el único objetivo de ayudar a los contribuyentes argentinos a evadir sus impuestos y al resto de asesores profesionales y “facilitadores” de la maniobra.

AFIP clausuró “Cuba Libre” en Puerto Iguazú



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La Administración Federal de Ingresos Públicos, a cargo de Ricardo Echegaray, clausuró el boliche “Cuba Libre” de la ciudad de Puerto Iguazú, por presunta evasión fiscal.
La totalidad de las ventas se cobraban en dinero en efectivo "con el sólo objetivo de dificultar el seguimiento del real movimiento comercial de la firma.
No tenían medio electrónico de pagos, imposibilitando que las ventas se realicen a través de tarjetas de crédito y débito. Únicamente contaba con talonarios manuales tipo M con CAI vencido. Esos talonarios no alcanzaban a cubrir mínimamente las entradas del pub por noche, ni las cinco barras que posee internamente" especificaron desde el ente recaudador dirigido por Echegaray.
El establecimiento es elegido por miles de turistas y vecinos, ya que abre sus puertas de miércoles a domingo, sin embargo "nadie recibe ticket por la compra de su entrada y consumos. Los agentes fiscales verificaron que las ventas de entradas se lleva a cabo en la vía pública a través de 'tarjeteros' y también en boletería, pero sin emitir ningún tipo de comprobante y sin controlador fiscal", argumentaron desde la AFIP.
Además, "de los 18 empleados relevados, siete se encuentran en situación irregular; empleados sin declarar, sin altas tempranas".
Ante estas infracciones, la AFIP procedió a la "clausura preventiva" del boliche por "informalidad tributaria" y comunicó las acciones a la Justicia de Eldorado.
El Operativo Verano 2015 de la entidad a cargo de Echegaray, comenzó el 05 de Enero y desembarcó durante el mes de Enero en los principales destinos turísticos del país con el objetivo de verificar la emisión de facturas y tickets así como también la correcta registración de empleados, ardid utilizado para ocultar las ventas en los comercios visitados, como también se controló la tenencia y la utilización de medios electrónicos de pago (POSNET) necesario para aceptar tarjeta de débito.

miércoles, 11 de febrero de 2015

La administración tributaria del Reino unido solicitó información sobre el caso HSBC a la AFIP


La denuncia penal iniciada en nuestro país al banco HSBC por las cuentas ocultas de argentinos en Ginegra que fue presentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha logrado convertirse en un caso de interés internacional. Tal es así que la administración tributaria del Reino Unido (Her Majesty`s Revenue and Costums, HMRC) solicitó al organismo fiscal argentino que le proporcionara información sobre este hecho en particular. El pedido explícito fue sobre detalles del contenido de la denuncia penal así como también el avance de la causa judicial. Es importante destacar que la casa central del grupo HSBC Holsings PLC tiene sede en Londres.

La denuncia efectuada por la entidad a cargo de Ricardo Echegaray se llevó a cabo el 26 de noviembre de 2014 ante el Juzgado Penal Tributario Nº3, el cual está a cargo de la Dra. María Verónica Straccia. Dicha denuncia, comprende a la plataforma ilegal montada por el HSBC y sus directivos, los cuales llevaron a cabo esta maniobra que ayudaba a sus clientes a evadir impuestos con cuentas en Suiza.

Según informó la AFIP, para cada cuenta sospechada se obtuvo el tipo de vinculación con el banco, los saldos y movimientos de cuentas bancarias, así como también las relaciones entre clientes (intermediarios, apoderados y beneficiarios efectivos familiares).

martes, 10 de febrero de 2015

La AFIP incautó 15,5 Kilogramos de marihuana en un cruce fronterizo


La Administración Federal de Ingresos Públicos a cargo de Ricardo Echegaray, detuvo en una operación conjunta con personal de la Aduana a un taxi que intentaba cruzar la frontera con 15,5 kilogramos de Marihuana.

La AFIP, a través de la Aduana, descubrió 15,580 kilogramos de marihuana que un ciudadano uruguayo intentaba cruzar por la frontera viajando en calidad de “pasajero” en un taxi, con destino a Artigas, en la República Oriental del Uruguay.
Se trata de un procedimiento de rutina que el personal aduanero realiza a todos los vehículos al cruzar la frontera. En este caso, los agentes de la administración a cargo de Echegaray notaron el nerviosismo con el que se manejaba el pasajero y procedieron a la apertura del equipaje de mano.
Ante presencia de testigos, se realizó la apertura de las mochilas y se encontró en el interior de una y otra, la cantidad de 19 “ladrillos”, envueltos con cinta adhesiva de color marrón.
El procedimiento ocurrió en Paso de los Libres, y por orden de la Justicia quedó detenido el pasajero que llevaba la droga escondida en dos mochilas. El tanto, el chofer quedó “supeditado a la causa” hasta se demuestre su inocencia.
El personal de la Aduana extrajo una pequeña porción de la sustancia de tres ladrillos seleccionados al azar, para someterla a la prueba de campo narcotest, donde se comprobó el resultado positivo para cannabis sativa.
Finalmente, se dio intervención al Juzgado Federal De Paso De Los Libres, a cargo de Gladys Mabel Borda, quien ordenó la detención del pasajero y el secuestro de los estupefacientes.