La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), encabezada por Ricardo Echegaray, llevó adelante la nueva obligación online que deben cumplir los pequeños contribuyentes antes del 31 de marzo próximo. Para ello deben informar los comprobantes que fueron impresos antes del 1 de noviembre pasado y aún no fueron utilizados.
La entidad tributaria a cargo de Echegaray habilitó en su página web el procedimiento online que deben seguir los monotributistas para declarar los talonarios de facturas que aún se encuentran en su poder, a fin de estar habilitados a utilizarlos a lo largo de este año. De no hacerlo, podrán ser sancionados por no presentar las respectivas declaraciones juradas informativas.
La nueva reglamentación fue publicada en la resolución general 3704 de la AFIP, a través de la cual se estableció que quienes todavía conserven los viejos talonarios podrán utilizarlos hasta que se les acaben. Para ello, deben comunicar al organismo de recaudación los datos de estas facturas a través de un régimen de información web que ya se encuentra en pleno funcionamiento.
Una vez dentro del servicio "Autorización de Impresión de Comprobantes", se debe ingresar a la opción "Régimen de Información de comprobantes en existencia". Luego se debe hacer clic en la opción "Consultas de comprobantes anulados":
Una vez dentro de la opción, se debe acceder al apartado "Agregar comprobantes". Allí se debe detallar los talonarios de facturas que aún se encuentran en su poder detallando los siguientes datos:
- Tipo de comprobante.
- Punto de venta.
- Desde (número de comprobante inicial).
- Hasta (número de comprobante final).
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