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lunes, 6 de abril de 2015

Fallo a favor de la AFIP: la Corte Suprema confirmó la determinación de impuesto, multa y liquidación de intereses

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recibió el visto bueno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Feretti, Felix Eduardo (TF 22.752 - 1) c/DGI” al fallar en favor a la institución dirigida por Ricardo Echegaray. A través de la publicación de dicho fallo se confirmó el acto administrativo de este organismo que determinó impuesto, aplicó multa y liquidó intereses a un contribuyente en base a la impugnación de sus proveedores de chatarra por considerar que no habían realizado las operaciones de venta que decían haber llevado a cabo.

El fallo de la CSJN revocó lo resuelto por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y por el Tribunal Fiscal de la Nación y, así mismo, dejó jurisprudencia a favor de la AFIP en una maniobra frecuentemente utilizada por los contribuyentes para pagar menos impuestos de los que corresponde.

Diálogo Fiscal, sitio web informativo de la administración de Ricardo Echegaray, informó sobre los hechos que llevaron a la resolución de este caso fueron los siguientes:
La AFIP impugnó el cómputo de los créditos fiscales declarados por el contribuyente, al considerar que los proveedores que surgían de la facturación examinada no habían realizado las operaciones de venta allí expresadas. Asimismo, entendió que los débitos fiscales resultaban inferiores y las retenciones superiores a los montos que el contribuyente debía expresar en sus declaraciones juradas.
El contribuyente apeló al Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) la determinación de la obligación tributaria, los intereses resarcitorios y la multa aplicada conforme los arts. 46 y 47 de la Ley N° 11.683. Dicho órgano jurisdiccional, revocó parcialmente la determinación tributaria fundada en la impugnación de los proveedores del contribuyente y la confirmó respecto del ajuste basado en el incorrecto cómputo de los débitos fiscales y las retenciones practicadas por el recurrente, excepto en lo referente a la multa, la que fue dejada sin efecto.
Este tribunal consideró que se encontraba acreditada la realización de las operaciones cuestionadas, la cancelación de las facturas respectivas, el pago del IVA correspondiente y la entrega del material en cuestión. En ese sentido, agregó que no existía impedimento para que el contribuyente computase el crédito fiscal y, por ende, la aplicación de la multa resultó infundada.
Tras la apelación del Fisco, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal entendió que las operaciones de venta de chatarra por parte de los tres proveedores al Sr. Feretti se encontraban suficientemente acreditadas y que del peritaje contable surgía que las facturas cumplían con la normativa vigente al momento de su emisión. En cuanto a la multa, recalificó la conducta del contribuyente en la infracción por omisión prevista en el art. 45 de la Ley N° 11.683.
Finalmente, la CSJN decidió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el Fisco, revocar la sentencia apelada y, en consecuencia, confirmar el acto administrativo.
El Máximo Tribunal señaló que la sentencia del TFN efectuó un examen superficial de los fundamentos de la pretensión de la AFIP y revela graves deficiencias en la valoración de las pruebas reunidas en el proceso. Expresó que los fundamentos de la determinación impositiva eran claros y concretos, el Fisco impugnó los créditos fiscales consignados por la actora en sus declaraciones juradas por considerar que las facturas de venta emitidas por tres proveedores resultaban apócrifas toda vez que aquellos no habían perfeccionado los hechos imponibles que emergían de las declaraciones juradas.

Consideró correcto el accionar del Fisco toda vez que si bien los proveedores admitieron haber emitido las facturas y cobrado los importes de estas mediante cheques emitidos por el actor, los mismos negaron haber sido en la realidad de los hechos vendedores de los materiales detallados en las facturas.

martes, 6 de enero de 2015

Record de recaudación fiscal: “Hubo una fuerte recuperación de la actividad económica en el último trimestre”.

El titular de la AFIP afirmó que la recaudación tributaria anual 2014 creció el 36,2 por ciento y remarcó que esta tendencia positiva se mantendrá durante este año.
En la conferencia brindada en la sede central de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray el Secretario de Hacienda, Juan Carlos Pezoa, anunciaron la recaudación tributaria del mes de diciembre y las cifras anuales de ingresos fiscales.


Echegaray señaló que la AFIP superó en un 6,7% a la meta anual de recaudación fiscal de acuerdo con lo estipulado en el Presupuesto Nacional. La recaudación de 2014 fue de 1.169.693 millones de pesos, lo que representa un incremento del 36,2 % con respecto a la recaudación del año pasado.

A lo largo del período fiscal de 2014 se destacan la percepción del IVA con un incremento del 33% (331,202.8 millones de pesos), el Impuesto a las Ganancias con un crecimiento del 45.5% (267,075.1 millones de pesos) y Aportes Personales y Contribuciones Patronales con incrementos de 30,4% (119,431.3) y 29,9% 173,511.0 (millones de pesos), respectivamente.

Por otro lado, Echegaray expuso que la recaudación tributaria del mes de diciembre fue de 108.599 mil millones de pesos y significó un 42,8 % más en relación al mismo periodo en 2013.

viernes, 12 de diciembre de 2014

AFIP investiga a Techint

Durante su entrevista con Alejandro Fantino en Animales Sueltos, Ricardo Echegaray, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), afirmó que tiene información detallada sobre las cuentas en Suiza que fueron denunciadas por el organismo pero a su vez aseguró que se estaría por iniciar una investigación a otra gran empresa multinacional, tal como sucedió en el caso de Procter & Gamble.

De acuerdo a Echegaray, se está investigando a la principal siderúrgica de la Argentina, ya que se pudo detectar que giran ganancias "al holding que tiene sede en Luxemburgo" y Techint tiene subsidiarias en ese país, como es el caso de Tenaris.


“El dinero que esta empresa que desarrolla la actividad desde Argentina gana en otros lugares del mundo, los gira como dividendos al holding . Quedan ocultos y nosotros no les cobramos impuestos", afirmó Ricardo Echegaray.



miércoles, 10 de diciembre de 2014

La AFIP ya cumplió con el 96,8% de la recaudación pautada para 2014

En lo que va del año, el ente fiscal logró recaudar 1.061.084 pesos y sólo le resta reunir 35.000 millones en diciembre para lograr la meta pautada para este año.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya logró alcanzar el 96,8 por ciento de la recaudación que tiene pautada para el período 2014. A un mes de finalizar el año, el ente dirigido por Ricardo Echegaray logró reunir 1.061.084 millones de pesos de los 1.095.866 millones que debe recaudar antes del 31 de diciembre, esto es, el 96,8 por ciento del total. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) neto, el impuesto de Seguridad Social y de Débitos y Créditos son los que mayor cumplimiento tuvieron: entre los tres impuestos se alcanzó el 94 por ciento de la meta recaudatoria.


Sobre el IVA Neto, cuya meta anual es de 311.161 millones de pesos, se logró recaudar 300.776 millones, lo cual representa un cumplimiento 96,7 por ciento. Con el mes de diciembre aún por delante, el Impuesto sobre los Débitos y Créditos logró alcanzar casi la totalidad de su meta anual en noviembre: de la meta de $69.991 millones estipulada, la AFIP ya recaudó 69.310 por ciento. En el caso del impuesto de Seguridad Social, la administración a cargo de Echegaray ya recaudó el 94,5 por ciento de la meta estipulada por el congreso: 271.397 millones de los 286.780 que tiene pautados para 2014.

Por otra parte, el Impuesto a las Ganancias logró superar el importe fijado en la Ley de Presupuesto: al mes de noviembre ya había alcanzado a reunir 241.205 millones de pesos, 13.000 millones más de lo que debía recaudar antes de finalizar el año.

Para mayor información:

http://fiscalizados.soup.io/

https://storify.com/InfoTributaria/